jueves, 19 de noviembre de 2009

Condiciones de venta o ¿cómo vender?

Es fundamental establecer las condiciones de venta en cada operación comercial, dejándolas reflejadas en los documentos que recogen y acreditan dicha operación.

Omitir incluir las condiciones de venta en nuestras ofertas y/o pedidos, puede tener como consecuencia, la dificultad de cobro y que tengamos que asumir pérdidas en caso de controversia.

La ley de consumo y la de condiciones generales de contratos, recogen cuales deben ser las condiciones "legales" de cualquier venta, y como la mayoría de leyes, dejan la puerta abierta a las condiciones que pacten las partes, de forma particular.

A falta de especificar las condiciones de venta, se entenderá que se estipulan las condiciones recogidas en la legislación vigente, que viene a decir que en caso de no haber condiciones especificadas, estas siempre "serán las más beneficiosas al adherente", entendiéndose como "adherente" el contratante o cliente.

Por tanto, si en la documentación comercial de la empresa (ofertas, pedidos, albaranes, facturas, etc.) no estamos indicando las condiciones de venta, dejamos al "buen" criterio de la justicia, la resolución de cualquier incidencia o conflicto que pueda surgir en una operación de venta; que como hemos indicado, acabará favoreciendo al cliente.

Las condiciones generales, que no debemos omitir incluir en nuestra documentación, son:

- Tarifa de precios aplicable.
- Descuentos.
- Bonificaciones.
- Rappels.
- Forma de aceptación de pedidos.
- Cantidad mínima de pedido.
- Plazo de entrega.
- Devolución de mercancía.
- Garantías.
- Formas y documentos de pago.
- Aplazamiento de deudas.

Entre otras. Dentro de las condiciones de pago, específicamente, es conveniente indicar: Plazos de pago, cómputo de los vencimientos aplazados, aplazamiento máximo, recargos por aplazamiento, forma de pago (cheque, giro, pagaré, etc.), descuentos por pronto pago, intereses de demora, y carencia por impago.



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