viernes, 27 de noviembre de 2009

¿En qué beneficiará la "Ley de Economía Sostenible" a las pymes?

Hoy se aprueba en el consejo de ministros, la Ley de Economía Sostenible. Las medidas que se recogen en materia de competitividad empresarial y productividad para las pymes son las siguientes:

Creación de nuevas empresas:

  • Eliminación de trámites y reducción de su duración.
  • Estandarización de estatutos y denominación social.
  • Limitar la exigibilidad de las licencias municipales a determinados casos.
  • Instrumentos menos intrusivos y más ágiles: Declaración de responsabilidad y comunicaciones de apertura.
Marco legal para la reducción de la morosidad:

  • Evitar que los deudores utilicen plazos dilatados como mecanismo de financiación de bajo coste.
  • Adaptación a la normativa comunitaria.
  • Acortamiento de los plazos de pago de las Administraciones Públicas.
  • Protección a las pymes de prácticas abusivas por parte de sus deudores.
  • Regulación para denunciar posibles prácticas abusivas por parte de deudores.
  • Potenciación de procedimientos abreviados para reclamar deudas a la Administración.
Apoyo a la internacionalización:

  • Regulación de criterios de actuación del sector público.
  • Actuaciones basadas en "interés nacional".
  • Diseño de planes y programas para la internacionalización.
  • Modernización del sistema financiero para la internacionalización.
Vivienda y construcción:

  • Reorientación del sector hacia la rehabilitación y renovación urbana.
  • Criterios de actuación por parte de las Administraciones Públicas en relación con el medio Urbano Sostenible.
  • Objetivos: mejorar la eficiencia energética, la accesibilidad e incorporación de nuevas tecnologías en las edificaciones.
Por otra parte, en materia fiscal se incluirán las siguientes medidas de estímulo:

  • Incentivos en el IRPF para el fomento del alquiler de viviendas.
  • Rebaja de 5 puntos porcentuales en la tributación de pymes que mantengan o creen empleo en el periodo 2.009 - 2.011, en el impuesto de sociedades.
  • Rebaja de 5 puntos para autónomos que mantenga o creen empleo en el periodo 2.009 - 2011.
  • Rebaja en el IRPF por el uso del transporte público.
  • Mejora de la fiscalidad medioambienta.
En el ante-proyecto de ley se recogen medidas en otras materias.

Un 54% crecieron los impagados en el tercer trimestre

Con respecto al año 2008, los impagados crecieron un 54% según los datos hechos públicos por la aseguradora de riesgos Crédito y Caución.

El incumplimiento de pago se ha multiplicado por 3 en lo que va de año, como consecuencia de la falta de crédito y la caida hasta un 20% de la actividad empresarial.

Pese a que algunos quieran ver signos de recuperación, la realidad es que hasta que no se frene la tasa de morosidad no podremos hablar de recuperación, porque cuando las empresas comiencen a cumplir, se generará negocio, que generará empleo, que este generará consumo, y entonces si podremos hablar de recuperación.

jueves, 26 de noviembre de 2009

En 2010 la tasa de morosidad tendrá "2 dígitos"

Me llama la atención lo "prudentes" que son algunos para dar cifras, que saben a ciencia cierta, que no se equivocan. La verdad es que desde que empezó esta crisis, gobierno y bancos, juegan a "quién le pone el cascabel al gato". Parece que cuesta llamar las cosas por su nombre y dar datos reales, sin intentar camuflarlos.

El señor Emilio Ybarra, ex-copresidente de BBVA, ha manifestado que para finales del año 2010, la tasa de morosidad tendrá "2 dígitos". Eso quiere decir que al menos será de un 10%. Lo que el señor Ybarra SABE, igual que muchas autoridades económicas de este país, es que la tasa esperada es del 11%, pero no entiendo esta manía de ocultar o camuflar información.

Y agrega un dato importante, y es que se espera que en 2.011 siga incrementándose la tasa de morosidad; a la vez que reconoce que no habrá negocio para todas las entidades financieras que hoy existen en España.

Las pymes debemos estar preparadas para lo que está por venir. Y esa preparación tiene que estar sustentada en un reajuste de gastos, mucho control e información, sanear balances, liquidar las deudas que se puedan, elevar todo lo posible el ratio de liquidez, y sobre todo, realizar una gestión intensa en prevención y cobro de impagados.

Medidas contra la morosidad en la Ley de Economía Sostenible

La Vicepresidenta económica del Gobierno, Elena Salgado, anunció recientemente, que la nueva ley de Economía Sostenible, incluirá "importantes medidas" contra la morosidad. Estaremos atentos, porque previsiblemente se apruebe en el consejo de ministros de mañana viernes, 27 de noviembre de 2009.

Salgado, declaró que la reducción de la morosidad es uno de los factores más importantes para la reducción de la morosidad, y que
son las administraciones públicas las que tienen que dar ejemplo.

Algo que debería suceder sin esperar a tener ninguna ley, que regule el cumplimiento de pago de la administración, pues son los organismos públicos quienes lideran el ranking de morosidad, que afecta muy significativamente a las pymes. En palabras de la propia Vicepresidenta "están axfisiando a la pequeña y medianta empresa".

Esperemos estas nuevas medidas, porque en una cosa si lleva razón la titular de Economía, y es que hay que acabar con la morosidad para salir de la crisis.

Listados de morosos: Como entrar y salir

Hoy traigo un vídeo en el que, muy brevemente, explica de forma clara cómo se puede entrar en los ficheros de morosos (RAI, ASNEF, ... ) y cómo salir ... aunque esto último no es tan fácil. Una vez que entras cuesta un poco salir y los trámites a realizar suelen ser un tanto engorrosos y lentos.



martes, 24 de noviembre de 2009

Como justificar que la mercancía o el servicio fueron entregados.



Nunca se debe caer en la omisión de tener un justificante que demuestre que la entrega de nuestra mercancía o la realización de un servicio fue hecho. En ocasiones, si se presenta la factura en el momento en que se hace la entrega o el servicio, hay quien comete el error de no hacer firmar el justificante de entrega.

En el caso de entregas de mercancía, el documento que puede demostrar que esta fue recibida de conformidad, es el “albarán de entrega”. Este documento debe contener los datos del destinatario de la mercancía (el comprador), la fecha en que se realiza la salida, el detalle de las diferentes mercancías entregadas y las unidades de cada una de ellas, como mínimo.


Si en lugar de mercancías estuviéramos prestando un servicio, este documento se denominaría “parte de trabajo o servicio”. Igual que en el caso del albarán, incluirá los datos del consignatario de la mercancía, la fecha en que se presta el servicio, la descripción de los trabajos realizados, horas de trabajo (si facturamos por horas), y detalle de materiales empleados si fueran necesarios.

Muy importante que este documento esté correctamente conformado por el receptor del servicio o la mercancía. De lo contrario, no tendrá validez ninguna, y jamás se podrá demostrar que la entrega fuer realizada.


No basta con que alguien estampe su firma (a veces un simple garabato) en el documento. La persona que recepciona la mercancía o el servicio, además de su firma, debe identificarse indicando claramente su nombre y apellidos, el cargo que ocupa en la empresa (socio, empleado, encargado, etc.), su D.N.I. y el sello de la empresa.


La omisión de cualquiera de estos datos, no invalida el documento, aunque si le quita fuerza ante una posible reclamación si surge una controversia referente a la mercancía o servicio entregados, o incluso si se produjera el impago y tuviéramos que tomar acciones legales para reclamarlo.


En caso de que la entrega de mercancía se realice a través de una agencia de transporte independiente, debemos exigir a esta que nos firme un documento como que retira la mercancía, así como otro donde justifique la conformidad de la entrega por el destinatario.




jueves, 19 de noviembre de 2009

Condiciones de venta o ¿cómo vender?

Es fundamental establecer las condiciones de venta en cada operación comercial, dejándolas reflejadas en los documentos que recogen y acreditan dicha operación.

Omitir incluir las condiciones de venta en nuestras ofertas y/o pedidos, puede tener como consecuencia, la dificultad de cobro y que tengamos que asumir pérdidas en caso de controversia.

La ley de consumo y la de condiciones generales de contratos, recogen cuales deben ser las condiciones "legales" de cualquier venta, y como la mayoría de leyes, dejan la puerta abierta a las condiciones que pacten las partes, de forma particular.

A falta de especificar las condiciones de venta, se entenderá que se estipulan las condiciones recogidas en la legislación vigente, que viene a decir que en caso de no haber condiciones especificadas, estas siempre "serán las más beneficiosas al adherente", entendiéndose como "adherente" el contratante o cliente.

Por tanto, si en la documentación comercial de la empresa (ofertas, pedidos, albaranes, facturas, etc.) no estamos indicando las condiciones de venta, dejamos al "buen" criterio de la justicia, la resolución de cualquier incidencia o conflicto que pueda surgir en una operación de venta; que como hemos indicado, acabará favoreciendo al cliente.

Las condiciones generales, que no debemos omitir incluir en nuestra documentación, son:

- Tarifa de precios aplicable.
- Descuentos.
- Bonificaciones.
- Rappels.
- Forma de aceptación de pedidos.
- Cantidad mínima de pedido.
- Plazo de entrega.
- Devolución de mercancía.
- Garantías.
- Formas y documentos de pago.
- Aplazamiento de deudas.

Entre otras. Dentro de las condiciones de pago, específicamente, es conveniente indicar: Plazos de pago, cómputo de los vencimientos aplazados, aplazamiento máximo, recargos por aplazamiento, forma de pago (cheque, giro, pagaré, etc.), descuentos por pronto pago, intereses de demora, y carencia por impago.



miércoles, 18 de noviembre de 2009

Como Blindar Su Empresa Contra Los Impagados

Ya está disponible un nuevo informe digital, titulado "Como blindar su emprsa contra los impagados" en el que podrás conocer por qué se produce la morosidad, se te facilitan varios consejos para previrla, y qué soluciones disponibles hay que además de ser efectivas resulten económicas e inteligentes.

Este informe especial, se suministra en formato digital PDF, y puedes descargarlo haciendo click aquí.

Siéntete libre de remitirme tus consultas y comentarios, que estaré encantado de atender.

martes, 17 de noviembre de 2009

¿Su Negocio Está Preparado Para El Cambio?

Esta crisis que estamos viviendo y que todo indica que se quedará durante algún tiempo, pese a que algunos divisen “brotes verdes” en el horizonte, está produciendo un cambio social, que sin duda repercute también en la empresa.

Está cambiando la forma de hacer negocios, de gestionar las empresas, y de crear riqueza. Solo aquellos negocios que estén preparados para afrontar estos cambios sobrevivirán, y volverán a crecer.

Es una ley de la naturaleza. O se adapta a las circunstancias y el medio, o está llamado a la extinción.

Quiero invitarle a suscribirse gratu*itamente al boletín “Vender y Cobrar”, en el que periódicamente le facilitaremos información de interés sobre las actividades que mantienen vivo cualquier negocio, que son las de venta y cobro de sus operaciones comerciales.

Para ello simplemente tiene que completar el formulario de alta que encontrará en el siguiente enlace:

http://www.egrupos.net/grupo/vendercobrar/alta

Además, recibirá un bono de regal*o por la suscripción, con el que podrá conocer sobre la solvencia de sus clientes y proveedores viendo sus balances, de forma sencilla y sin conocimientos especiales.

Espero verle muy pronto suscrito al boletín Vender Y Cobrar, con el que recibirá información valiosa y de actualidad para la gestión comercial de su negocio. Recuerde que puede suscribirse gratis ahora en:

http://www.egrupos.net/grupo/vendercobrar/alta

lunes, 16 de noviembre de 2009

816 millones de euros impagados en septiembre

El INE (Instituto Nacional de Estadística) hizo público el pasado dia 11-11-2009 los datos de morosidad al mes de septiembre.

Los efectos comerciales impagados durante el mes de septiembre ascendieron a 816 millones de euros, lo que representa un 4,5% del total de vecimientos que tuvieron lugar en este mes. Sin embargo, se está haciendo notar una importante disminución de los impagados con respecto al año anterior, situándose en el 57,2% de menos devoluciones por impago que en el mismo periodo de 2.008

Así mismo, el total de vencimientos que tuvo lugar en el mes de septiembre sumó un importe total de 21.994 millones, que representa un 39,6 % menos que en septiembre de 2.008

Por tanto, no podemos deducir que las empresas estén recuperando liquidez y atendiendo sus compromisos de pago, sino que hay una fuerte caida en el tráfico comercial, que lleva lógicamente a contraer menos compromisos de pago, y por tanto, es muy razonable que se produzcan menos impagados.

sábado, 14 de noviembre de 2009

España será el último país en salir de la crisis

La Comisión Europea, confirmó el pasado día 13 de noviembre, que la UE ha comenzado la salida de la crisis en el tercer trimestre de 2.009. Se inicia el crecimiento, pero este no se verá reflejado en el desempleo que seguirá creciendo.

España, por el contrario, se descuelga de la tendencia europea, y comenzará su salida un año después, en el tercer trimestre de 2.010 siguiendo, hasta entonces, con una tendencia de la contracción en la economía, hasta 2.011 en que se inicie la fase de recuperación y se haga de notar.

Información extraida de expansión.com nota publicada el 13-11-2009

miércoles, 11 de noviembre de 2009

El 25% de las quiebras de empresas se debe a la morosidad.

Según datos extraidos de unas conferencias sobre la ley de morosidad que tuvieron lugar en la Cámara de Comercio de Madrid, en base al estudio presentado por el Índice de Riesgos de 2.009, el 95% de la las pymes, microempresas y autónomos, se encuentran expuestas a un alto riesgo de entrar en situación de pérdidas, como consecuencia de la demora en la recepción de sus pagos y el creciente índice de morosidad.

Del anterior informe mencionado, se desprende también, que el 90% de las empresas españolas reciben sus pagos con retraso, y que el 25% de las quiebras tiene su origen en la morosidad.

martes, 10 de noviembre de 2009

Cómo No Cobrar A Un Moroso




Este vídeo que hoy comparto, que he encontrado en youtube.com es un reportaje en el que se menciona que España es el 3º país de Europa con mayor índice de morosidad, y comentan sobre dos vías para el cobro de impagados.

¿Son efectivas estas dos vías?.

La primera son lo que llamo "cobradores de carnaval". Son el famoso "Cobrador del Frac" y otros muchos que han aparecido posteriormente. Son efectivos, porque a veces consiguen su objetivo. Que el moroso pague. Sin embargo cruzan muchas veces la línea de la legalidad, incluso transgrediendo los derechos fundamentales de la persona, definidos en nuestra Constitución.

La solución no es amistosa, y se han dado casos en que, quien ha contratado los servicios de estas empresas, han tenido problemas y serios con el deudor, y hasta han acabado en los juzgados.

Solución efectiva, puede. A veces solo. Inteligente muy poco.

La otra opción que nos presentan en el vídeo, son las típicas agencias de recobro. Una opción mucho más razonable, aunque no por ello efectiva. Como bien explican en el reportaje, usan el proceso monitorio, y el deudor es el que tiene que aceptar someterse a él.

No es difícil deducir, que si alguien tiene dificultades de pago, rechazará someterse al proceso monitorio, y por tanto, su eficacia será nula.

Es una pena que en este reportaje hayan omitido el arbitraje como una solución viable y efectiva para el cobro de impagados, perfectamente legal, que desde esta página estamos recomendado. Si en su empresa tienen problemas de impagados, le recomiendo altamente que solicite información de cómo prevenirlos y solucionarlos eficazmente mediante el arbitraje, enviando un e-mail a cobroimpagados@rentapositiva.com

33.000 millones deben los ayuntamientos a empresas de materiales de construcción

Jose María Carrasco, Vicepresidente de la Asociación de Impagados de la Construcción, declaró en fechas recientes a los medios de comunicación, que la deuda que mantienen los ayuntamientos españoles con las empresas proveedoras de materiales de construcción se aproxima a 33.000 millones de euros.

Por parte de las administraciones autónomicas, también se acumulan deudas de miles de millones de euros, entre las que destacan:

Comunidad de Madrid con 7.822 millones de euros.
Generalitat de Cataluña con 4.049 millones de euros.
Comunidad de Andalucía con 3.864 millones de euros.
Comunidad Valenciana con 2.532 millones de euros.

lunes, 9 de noviembre de 2009

El 65% de las pymes amenazadas de quiebra por no blindarse contra la morosidad

El deber de blindarse ante la morosidad

Este artículo me ha parecido tan bueno, que he decidido traerlo aquí íntegramente. Fué publicado en expansión.com el pasado 29/09/2009, por Pablo Rivera


Los datos sobre morosidad sitúan a los 3,7 millones de empresas que hay en España en una situación más que difícil, ya que el 65% de las pymes, un 98% de las empresas españolas, se acerca a una situación de quiebra debido fundamentalmente a dos motivos: por recibir sus pagos con retraso y por las pérdidas que le generan los impagados.

España es el segundo país con el plazo de pago más largo, 98 días frente a los 57 de Europa; retraso que produce efectos devastadores en la ya maltrecha cuenta de resultados: desde intereses adicionales, pérdida de beneficios y menor liquidez, cuando no una seria amenaza para la supervivencia e, incluso, daños en la reputación de las empresas. Si a ello sumamos que el porcentaje de denegación de créditos a pequeñas y medianas empresas se ha triplicado y que el porcentaje de pymes que aseguran tener problemas de financiación es del 88%, el cóctel está servido.

En medio de esta coyuntura nada halagüeña y a pesar de la creciente morosidad, sorprende que tan sólo seis de cada diez empresas estén preparadas para controlar la morosidad de forma eficiente, lo que les permitiría seguir creciendo y aumentando sus ventas. Es un hecho que las políticas de control de riesgo en las compañías que venden a crédito se están volviendo cada vez más restrictivas, blindándose así frente a una morosidad en alza. Ahora bien, este endurecimiento perjudica seriamente a las ventas, y las mismas empresas están viendo cómo su crecimiento se ralentiza.

Además, con políticas de riesgo más severas, los analistas ven incrementado su trabajo en un 200%, pues prácticamente todas las solicitudes han de ser calificadas y, en su mayoría, revisadas manualmente. Sin las herramientas informáticas adecuadas, es difícil exigirles un mayor control, no sólo sobre el volumen de operaciones al que se enfrentan cada día, sino también en que la toma de decisiones sea correcta, pues muchas solicitudes pueden ser rechazadas sin motivos objetivos de peso.

Al no contar con la suficiente información sobre nuestros clientes, ni con herramientas de calificación de riesgo adecuadas, los casos de falso riesgo se disparan, perjudicando directamente el negocio y la imagen de empresas reconocidas socialmente como solventes durante años. El resultado es que también la empresa solicitante, al no obtener financiación, se ve perjudicada en su crecimiento, afectando todo ello en su conjunto a la economía global. Conseguir un equilibrio entre ambas políticas de empresa: la de ventas y la de riesgos, es una cuestión que trae de cabeza a directivos y empresarios.

Estamos, pues, ante un serio problema: el incremento de la tasa de morosidad, de los concursos de acreedores en un 212% hasta alcanzar los 3.106 en los seis primeros meses de 2009, y la falta en muchos casos de garantías reales, lo que ha llevado a las entidades a endurecer las condiciones para conceder un préstamo. Las pymes son las más afectadas, pues además de tener que evitar una caída en sus ventas, no encuentran financiación para lanzar nuevos proyectos empresariales, aún siendo suficientemente solventes.

La solución para las empresas que venden a crédito está en controlar la morosidad, pero no a costa de sus ventas. ¿Cómo se alcanza este equilibrio? Mediante una gestión inteligente del riesgo de impago. Para optimizar los procesos de control del riesgo y elaborar modelos altamente predictivos, no sólo es importante contar con toda la información relevante de nuestros clientes, sino saber utilizarla e interpretarla, integrando tecnológicamente todo el proceso de gestión de dicha información. La información sin integración no sirve de nada.

La automatización posibilita la optimización del tiempo dedicado por los analistas de riesgos a la evaluación de las operaciones, y supone una mejora sustancial en los tiempos de respuesta para la sanción de solicitudes, pudiendo así obtener en cuestión de segundos el resultado final del sistema de evaluación automático.

Además, la utilización de herramientas de este tipo para automatizar los procesos de consulta reduce significativamente el número de búsquedas y el coste asociado a éstas. Todas estas ventajas redundan sin duda alguna en un incremento de la calidad y cantidad de la cartera de clientes.

Dtor. de Operaciones de Panel Sistemas Informáticos.

domingo, 8 de noviembre de 2009

La puerta falsa de la Ley de Morosidad


La nueva Ley de Morosidad, deja bien claro que los pagos aplazados quedan limitados a 30 días. Sin embargo, deja abierta la puerta a lo que acuerden las partes, pudiendo ser el plazo mayor si ambas así lo aceptan.

Lo que acuerden las partes siempre estará condicionado por el que más fuerza en la negociación tenga de los dos. En general, será el vendedor quien tenga que ceder al capricho del comprador, si no quiere perder la venta. Por tanto, la medida que impulsa esta ley se queda en "paños calientes".

Otro punto flaco es el reconocimiento al acreedor del derecho a cobrar intereses. Sin embargo, no indica claramente a cuanto ascenderán estos, ni el tipo aplicable de referencia, ni establece en base a qué serán calculados.

Si que deja claro, que en caso de pactar un aplazamiento superior al marcado por ley (30 días) de mutuo acuerdo las partes, no se podrán reclamar intereses por ese exceso.

Estas "lagunas" y otras que dejan las leyes en general, son salvables si el conflicto se somete al arbitraje de equidad. La equidad faculta al árbitro para aplicar la ley y además aplicar lo que a su juicio (y nunca mejor dicho) considere justo.

Por ejemplo, en el caso de los intereses por demora, lo justo es que el deudor abone los intereses íntegros correspondientes a todo el tiempo que se demore la liquidación de la deuda, y no solo a los 30 dias marcados por ley.

Sin embargo, ni la legislación ni el arbitraje son aplicables a los mayores deudores morosos de España, que son los Ayuntamientos y demás instituciones públicas.

Sería necesario comenzar por ahí. Normalizando y legislando sobre los aplazamientos y demoras en el pago de deudas de las administraciones públicas; porque son los mayores causantes de la falta de liquidez en más de una empresa, obligando a estas a buscar financiación.

Como los tiempos que corren no están para buscar financiación, a menos que tengan la fortuna que se les aparezca toda la corte celestial, las empresas acreedoras de las instituciones públicas se ven obligadas a incumplir sus compromisos de pago con sus proveedores, y así comenzamos un efecto dominó, que alcanza a todas las empresas.

Una medida importante que habría que adoptar contra la crisis es la obligación de cumplir el pago de deudas, por parte de las Administraciones, según ley. Es decir, en 30 días.

Otra medida no compete a los órganos de gobierno, sino a los empresarios en general, y sería la mentalización de que los tiempos han cambiado para siempre, y quien necesite financiación debe buscarla en las entidades financieras (muy difícil) u otras alternativas de financiación (que las hay).

sábado, 7 de noviembre de 2009

El Arbitraje Sale Reforzado Frente A La Vía Judicial.




Con la nueva Ley de Fomento del Alquiler (de viviendas), se ha eliminado la espera de 20 días, referente a los arrendamientos urbanos, para presentar la ejecución del laudo arbitral - equivalente a una sentencia en firme de la jurisdicción ordinaria - procediendo al desahucio.

Esta modificación permite reducir el plazo de desalojo a un més, como mínimo, vía arbitraje frente a la vía judicial ordinaria.

viernes, 6 de noviembre de 2009

30.000 milllones en créditos morosos

La banca española acumula 30.000 millones en créditos morosos por encima de lo declarado MADRID, 30 Oct. (EUROPA PRESS)

Que los bancos están ocultando las pérdidas es un grito a voces, que viene a confirmar el estudio realizado por Credit Suisse. Sin duda, lo preocupante en todo este asunto es que el importe de todas las moras que hay en el sistema bancario supera los 92.000 millones de euros.

Esto se traducirá en menos crédito (si, todavía menos) para la empresa, problemas para negociar los plazos aplazados, y un incremento en el índice de impagados, porque inevitablemente repercutirá en el efectivo disponible en las empresas.

Sin olvidar, en la comprometida situación en la que entrarán las cajas de ahorro, cuando entre en vigor la normativa para la banca, impuesta por el Banco de España, de aplicar el 20% en lugar del 10% actual para las provisiones de tasación. Hecho que repercutirá, sin lugar a dudas, en las cuentas de resultados de bancos y cajas de ahorros, que se verán obligados a provisionar más 3.000 millones de euros.

Que este próximo año, más de una entidad financiera termine dando pérdidas, no debería sorprendernos.


jueves, 5 de noviembre de 2009

Llega el desahucio express ... ¿sirve?

Sin duda viene a mejorar lo que había. Sin embargo, nuevamente olvidan el gran problema de la justicia. Los millones de expedientes que se amontonan en los juzgados, pendientes de solución.

Entonces si, los propietarios que tengan una vivienda alquilada, podrán al desahucio express. Aunque para ello deberán tener primero la sentencia que lo decrete. Con el retraso que lleva la justicia, mínimo 2 años para tener una sentencia, más el periodo voluntario para el desalojo de la vivienda, que puede ser de hasta un año, más 15 días de ultimatum ...

Si no me equivoco son más de 3 años para echar al inquilino. ¿En qué se ha mejorado?.

miércoles, 4 de noviembre de 2009

Baja la media el cumplimiento de la fecha de pago de la empresa española

Ya tenemos el desafortunado primer puesto de los más incumplidores a la hora de pagar, frente a nuestros socios y vecinos européos.

El pasado 26 de octubre de 2009, en Intereconomia.com aparecía una noticia con el titular "Más de la mitad de las empresas españolas no respetan los plazos al pagar".

En el artículo aparecen cifras nada despreciables que nos dejan en muy mal lugar. Pero no solo eso, sino que además, el aplazamiento de las deudas es más largo en España que en el resto de paises europeos.

Tan solo el 48,1% de las empresas españolas realizan sus pagos puntualmente, frente a las alemanas con un 54,5%, que lideran el ranking de cumplidores. La diferencia es clara. En Alemania, la mayoría de las empresas cumplen con las fechas de pago, y en España la mayoría no cumple.

Me pregunto cuántos millones de euros serán ese 6,40% de diferencia. Mejor ni pensarlo ...

Pero de lo que estoy seguro es de que esa tasa de incumplimiento provoca grandes daños en la tesorería de más de una empresa. Y lo que es peor es que muchos de esos retrasos, serán "indefinidos".

Claro, siempre estará el empresario que diga que en España es todo mucho más difícil. Por eso nuestros vecinos alemanes, belgas, holandeses, irlandeses, británicos, franceses ... aplazan sus deudas como máximo a 60 días, mientras que en España lo normal son 90 o 120 días.

¿Cómo es posible que aplazando nuestras deudas más tiempo, no cumplamos con la fecha de pago?. ¿Somos morosos por naturaleza?.