domingo, 10 de julio de 2011

¿Qué tipo impositivo me corresponde en el impuesto de sociedades?

Consulta:

¿Que tipo se aplicaría a una Sociedad Limitada, dedicada al alquiler de viviendas y locales, en el Impuesto de Sociedades?

Respuesta:

Si se trata de una sociedad de inversión inmobiliaria, cuya actividad es la compra o construcción de inmuebles para arrendarlos, el tipo impositivo al que triburará es el 1%.

En el resto de casos, el tipo que se debe aplicar es el general, actualmente al 30%.

Este tipo impositivo puede reducirse hasta el 20% por mantenimiento de empleo, según la disposición adicional duodécima del RDL 4/2004, que dice:

1. En los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009, 2010 y 2011, las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios habida en dichos períodos sea inferior a 5 millones de euros y la plantilla media en los mismos sea inferior a 25 empleados, tributarán con arreglo a la siguiente escala, excepto si de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de esta Ley deban tributar a un tipo diferente del general:

Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, al tipo del 20 %.

En los períodos impositivos iniciados dentro del año 2011, ese tipo se aplicará sobre la parte de base imponible comprendida entre 0 y 300.000 euros.

Por la parte de base imponible restante, al tipo del 25 %.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Buenas tardes:
¿Sabría alguien decirme que casilla de la declaración del impuesto de sociedades selecciono?

Pues conforme a la resolución del
30 de mayo de 2012 del TEAC, mi empresa debe aplicar el 30%, pero si marco como régimen aplicable ERD, por defecto el TG que se aplica es el 25%