sábado, 9 de julio de 2011

Corregir en contabilidad error en contabilización de autónomos

Consulta:

En los años 2008 y 2009 se contabilizaron las cuotas de autónomos como gasto de la sociedad erróneamente, pues no estaban incluidos como rendimiento en especie en nómina. Como consecuencia de ello el resultado declarado en el impuesto de sociedades no es real, pues se computado un gasto que no procedía. ¿Qué correcciones contables y fiscales debo hacer?

Respuesta:

La forma legal de arreglarlo es la siguiente:

Contablemente se debe hacer en el primer ejercicio que se pueda (el actual) el asiento correspondiente a la regularización:

al Debe de la 113-Reservas voluntarias, si hay saldo suficiente (si no hay saldo en esa cuenta se utilizará la 121), por el importe a corregir y al Haber de la 642-Seguridad social a cargo de la empresa o la cuenta que en su día recogió el gasto.

Fiscalmente se deben presentar declaraciones sustitutivas de las presentadas en los años 2008 y 2009 del IS, con el problema que ello conlleva de sanciones y posible inspección, y en ese caso no tener en cuenta el asiento de corrección realizado para no duplicar beneficios.

En la práctica nadie suele hacer declaraciones sustitutivas del IS. Lo que se hace es declarar esos gastos como beneficios en el ejercicio en que se corrigen, es decir, disminuyendo gastos y por tanto aumentando la base imponible del impuesto, con la esperanza de que no se tenga ninguna inspección.

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